Todos los detalles sobre el Nuevo Real Decreto sobre Bienestar Animal en granjas - Tigsa

Todos los detalles sobre el Nuevo Real Decreto sobre Bienestar Animal en granjas

Todos los detalles sobre el Nuevo Real Decreto sobre Bienestar Animal en granjas

 

El pasado miércoles 8 de marzo, el Diario Oficial del Estado, publicó el Real Decreto 159/202, que tiene como objetivo facilitar la implementación en España de la legislación de la Unión Europea sobre controles oficiales en asuntos de bienestar animal y que ajusta varios decretos reales. Este Decreto adapta la normativa vigente de Bienestar Animal de las diversas especies ganaderas.

¿Cuáles son algunas de las modificaciones más destacadas? 

En este sentido, se enfoca en la armonización de las inspecciones oficiales y la extensión de la aplicación del régimen sancionador establecido en la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para la protección de los terneros y de los animales en diversas explotaciones como las de gallinas ponedoras o cerdos, así como en su transporte, experimentación y sacrificio.

Además, se establece un límite máximo de dos puntos para informar sobre los resultados de las inspecciones por Comunidad Autónoma y se amplía la exigencia de contar con un Plan de Bienestar Animal, regulado por el RD 306/2020, en el resto de las explotaciones ganaderas que posean animales vertebrados con un tamaño mínimo. Por su parte, también se crea un Centro Nacional de Referencia de Bienestar Animal.

Modificación de la normativa de Bienestar en porcino 

Si bien nos centramos en el porcino, en este caso se incrementan los requisitos mínimos de espacio para los animales. Además, se definen protocolos ante problemas de agresividad y se establecen las condiciones mínimas necesarias en general, particularmente en relación con la calidad del aire y el espacio disponible.

Por su parte, también se implementan medidas para prevenir el corte de cola, lo que incluye el uso de materiales de enriquecimiento, la evaluación en el matadero y los requisitos para llevar a cabo el corte de cola y la reducción de dientes.

Si bien nos centramos en la alimentación, se detallan medidas respecto, como por ejemplo la proporción de fibra, las especificaciones de comederos lineales, las condiciones para los animales con acceso libre a comida, las condiciones para los animales alimentados en grupo y no libremente o mediante sistemas automáticos de alimentación, entre otros. 

Para conocer todos los detalles, te adjuntamos el Boletín Oficial del Estado. 

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